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FAMILIA

 

El artículo 16.3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que España por supuesto ha suscrito, dice claramente:

 


"La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado." 

 


 

El Partido Familia y Vida está de acuerdo con este artículo que se ha tenido tan olvidado en España durante las últimas dos décadas. Para tratar de convencer a la sociedad de la importancia de cumplir con esta obligación social, vamos a exponer las razones por las que consideramos urgente una política de protección prioritaria de la Familia por parte del Estado. 

 


Concepto de Familia. 

 


Lo primero que deberemos hacer es determinar qué entendemos por el concepto Familia , es decir, proponer una definición. Esta determinación del concepto es muy importante, pues uno de los más certeros ataques a la Familia viene, precisamente, de la confusión de los términos: se confunden con familia la práctica totalidad de formas de convivencia, logrando que se difuminen los escasos privilegios con que cuenta en la actualidad. Y es que no todas las comunidades humanas constituyen una Familia en el sentido de elemento natural y fundamental de la sociedad; y esas otras formas de convivencia poco o nada aportan al bien común. 

 

Que la Familia es convivencia, nadie lo pone en duda, aunque en algún momento sus miembros se vean forzados a la separación; pero debemos determinar qué tipo de convivencia puede constituir Familia . Entendemos que sólo una convivencia con vocación de permanencia puede dar lugar a una Familia , pues una relación pasajera o que pueda terminarse en cualquier momento, no podría llegar a establecer los lazos necesarios para que la convivencia tenga efectos positivos en la sociedad. Si sus miembros piensan que en cualquier momento puede disolverse la convivencia, ésta no alcanzará ni la intensidad ni la fuerza que necesita para producir esa estabilidad social que la hace fundamental. Si no hay unión permanente, no estaremos ante una Familia , sino ante otra forma de convivencia: estudiantes que comparten un piso, ancianos que se ayudan mutuamente, relaciones sentimentales, etc. 

 

Además, la Familia tiene que tener un acto constitutivo propio que determine claramente su fundación, en caso contrario nunca sabríamos a partir de cuándo se es Familia . No se llega a ser Familia por el mero hecho de llevar cierto tiempo conviviendo, por muy prolongado que éste sea, sino cuando se decide voluntariamente constituir una Familia como forma de convivencia permanente. En este sentido, la constitución de la Familia está claramente diferenciada de las uniones de hecho que han sido reguladas en algunas Comunidades Autónomas, en las que se requiere el mero transcurso de 12 meses para su inscripción. Por otra parte, el acto constitutivo de la Familia no sólo tiene que ser expreso, sino que también ha de ser público y notorio, con objeto de poder garantizar mediante la oportuna inscripción registral la seguridad jurídica de la institución y de sus miembros.

Se puede constatar que ya existe en el ámbito jurídico una institución que recoge las características del acto fundacional de una Familia : el matrimonio. Efectivamente, el matrimonio es un contrato acordado en un acto libre, público e inscribible, que surge del amor de los cónyuges y para prolongar ese amor en los hijos. El contrato matrimonial se establece hasta que la muerte separe a los cónyuges, por lo que goza de la estabilidad que necesita la Familia . Desgraciadamente, en algunos casos termina la convivencia antes que la vida de uno de los cónyuges; pero esto no obsta a la vocación vitalicia del vínculo. Podemos decir, que el acto fundacional de la Familia lo tenemos perfectamente representado por la institución matrimonial. 

 

Visto todo lo anterior, nos aventuramos a proponer nuestra definición de Familia 

 

 

"La Familia es la comunidad estable fundada en el matrimonio de hombre y mujer, que forman los cónyuges y sus hijos, con el fin de asistirse mutuamente, transmitir la vida y garantizar el desarrollo y la libre educación de los hijos."

 

 Evidentemente, esta definición de Familia es de alcance universal y no se puede hacer discriminación alguna por motivos ideológicos, económicos, de nacionalidad o residencia: toda Familia que se encuentre legalmente en España recibirá la protección del Estado. 

 

Dentro de esta definición caben sólo dos modelos de Familia : la familia nuclear integrada por los cónyuges y los hijos; y la familia extensa o patriarcal en que varias generaciones conviven juntas. Lo que actualmente se llama como modelos alternativos de familia, no son tales, sino modos de convivencia radicalmente distintos que persiguen alguno de los fines de la Familia ; pero a los que la sociedad no debe confundir con ésta. 

 


Funciones de la Familia. 

 


Para poder proteger adecuadamente a la Familia y dotarla de los medios necesarios, se deberán identificar sus funciones, aquéllas que la hacen elemento natural y fundamental de la sociedad: 

 

  1. La Familia es el lugar idóneo para el nacimiento, desarrollo y educación de los niños. Por tanto, se evitará mediante la oportuna regulación de la adopción y la fecundación asistida la crianza voluntaria de niños fuera del ambiente familiar. Se deberá educar a los adolescentes en la sexualidad y la afectividad humanas, para evitar los embarazos no deseados. 
  2. La Familia es la garantía de la estabilidad social: una sociedad compuesta por familias estables permanece estable. La regulación de la separación y el divorcio procurará evitar la ruptura familiar estableciendo plazos de reflexión y reconciliación; y se facilitará el asesoramiento adecuado para la solución de los conflictos familiares por medios distintos de la ruptura. 
  3. La Familia es el principal creador de capital social, entendido como conjunto de valores, normas, tradiciones cívicas y religiosas que en una determinada sociedad o comunidad estarán presentes y son las que fundamentan la cooperación y la confianza en esa comunidad, en ese grupo social, en ese sistema social. Por tanto, es de justicia social valorar este servicio que presta la Familia y compensarlo adecuadamente sus esfuerzos, especialmente cuando exige la renuncia al prestigio personal y profesional de sus miembros: reconocimiento como vida laboral del tiempo dedicado a la Familia .
  4. La Familia es el primer protector del individuo: es el ámbito natural de la solidaridad entre jóvenes y ancianos, sanos y enfermos, plenamente capaces y deficientes, trabajadores y desempleados; y garantiza el desarrollo de todos sus miembros en libertad, les acoge en la necesidad y les cuida en la enfermedad. Sin la Familia , por ejemplo, España no podría haber mantenido su estabilidad social cuando en la década de los 80 la tasa de desempleo alcanzó porcentajes que desbordaron al sistema público de protección.
  5. La Familia es el principal centro de creación de ahorro, garantía de la sustentación del sistema de previsión social. El Estado debe garantizar la seguridad de este ahorro e incentivarlo fiscalmente. Una familia estable es la base necesaria para un crecimiento económico continuado.

Como hemos podido ver, la importancia de la Familia para la Sociedad no deriva tanto de las relaciones afectivas matrimoniales -cuya estabilidad es básica- cuanto de su función protectora de los nuevos miembros y los más débiles de la sociedad. Por ello, el niño debe ser -dentro de la Familia - objeto de especial protección.

Esto se debe tener especialmente en cuenta a la hora de plantear y regular la adopción: no se trata de cubrir una necesidad afectiva de los cónyuges -por muy legítima que ésta sea- cuanto de dotar al niño de un ambiente familiar idóneo en el que pueda desarrollar su personalidad y sus facultades, e integrarse socialmente lo mejor posible. Así lo demanda la Declaración de los Derechos del Niño (ONU-
20-11-59)en su principio 6º: "El Niño, para el pleno y armoniosos desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales no deberá separarse al niño de corta edad de su madre". Porque la adopción viene a cubrir una necesidad del niño, no un derecho del adulto, pensamos que debe existir un criterio de prioridades a la hora de adjudicar un niño, debiendo preferirse la Familia estable a la persona soltera; y postergarse los modelos que no sean acordes a la definición antes propuesta.

 

El mandato Constitucional.

 

La protección que pedimos para la Familia -y que se fundamenta en la importancia de sus funciones sociales- viene recogida, como no podía dsr de otra forma, en nuestra Constitución:

  • Artículo 39: 1. Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia. 2. Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. La ley posibilitará la investigación de la paternidad. 3. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.  

Aunque en otros estados existen textos constitucionales más favorables a la Familia , incluso que le otorgan una mayor preponderancia, creemos que el artículo transcrito es suficiente base para exigir la protección de la Familia en España. No obstante, se le ha achacado al artículo 39 que no define el concepto Familia . Esto no es una carencia real de nuestra Constitución, es que en 1978 el término Familia no necesitaba definición. Ha sido posteriormente cuando se han tratado de asimilar al concepto Familia otras formas de convivencia (que ya existían en 1978); pero que nadie se hubiese atrevido a considerar Familia entonces.

 Como hemos visto, por expreso mandato Constitucional, la defensa prioritaria de la Familia ha de ser un objetivo de toda formación política, sin que la introducción de ambigüedades en su definición pueda convertir a la Familia en moneda de cambio para canjear apoyos políticos por derechos en favor de determinados colectivos; o simplemente para buscar votos.

 La defensa prioritaria de la Familia debe ser universal: se defiende una estructura por sí misma por su importancia social, no porque se trate de un objetivo circunstancial de asistencia social. Por lo mismo, no se trata de que el Estado supla a la Familia , sino de que le ayude a superar los obstáculos para cumplir sus fines naturales, que son estratégicos para la sociedad.

 

El matrimonio garantía de las relaciones familiares.

 

Si la Familia es una institución capaz de cumplir las vitales funciones que veíamos anteriormente, es porque se fundamenta en un cimiento excepcional: sólo el pacto matrimonial es capaz de crear esos lazos familiares tan fuertes; sólo la entrega mutua incondicional y permanente de los cónyuges puede servir de base al resto de la construcción familiar. Sobre la mera relación de hecho -continuidad, no fidelidad- no puede construirse el complejo entramado familiar que coadyuva al bien común. Esta base sobre la que se sustenta la Familia es tan importante, que sin matrimonio la Familia no existe. Cualquier otro tipo de compromiso no tendría la fuerza suficiente como para sustentar una institución tan importante. ¿Cómo crear los vínculos de afecto y entrega sin límites que deben regir las relaciones entre todos los miembros de la Familia , si ya en el pacto fundacional -unión de la pareja- ponemos límites al compromiso o ni siquiera existe compromiso? Así lo sigue entendiendo la mayoría de los españoles, cuando manifiestan en un 70% que el matrimonio es la mejor forma de unión (encuesta del CIS de fecundidad y familia en España).

Otras ventajas de la unión matrimonial como cimiento de la Familia son la estabilidad económica que aporta a sus miembros y la mayor adaptación social de los hijos, concretada en su rendimiento escolar y salud psíquica. La probabilidad de violencia doméstica es muy superior entre las parejas de hecho (13%) que en los matrimonios (4%). Con respecto a los hijos, vivir con un padrastro o madrastra es el factor más frecuente de malos tratos infantiles; y la posibilidad de ser víctima de abusos sexuales es cuarenta veces superior que cuando se convive con ambos progenitores.

Por otra parte, sólo el matrimonio tiene respaldo constitucional como contrato fundacional de la Familia : artículo 32.1.- El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica. Otros pactos públicos o privados podrán ser libremente establecidos entre hombre y mujer y generarán formas de convivencia distintas de la Familia ; pero no son un derecho constitucional. Por lo tanto, el Legislador sólo deberá contemplarlos y protegerlos cuando contribuyan especialmente al bien común.

Por todo esto es muy importante que no exista ambigüedad con respecto a lo que se entiende por matrimonio y por cónyuge; y resulta una barbaridad jurídica y social admitir como matrimonio -elemento fundacional de una Familia - a la unión entre dos personas del mismo sexo. Este falso progresismo social que consiste en relativizar todo, en dar todo por válido, en confundir las instituciones, únicamente lleva al caos social. Tenemos que repetir que una cosa es la permisividad y tolerancia con las actitudes privadas y otra, muy distinta, confundir las instituciones jurídicas. Este problema lo han zanjado en Estados Unidos (vanguardia del progresismo social) de una vez por todas con la "Ley de Defensa del Matrimonio", aprobada por el Senado el 11-9-96 (con el beneplácito del entonces presidente Clinton), que dice textualmente: "... para determinar el sentido de cualquier norma, regulación o interpretación de los distintos departamentos administrativos y agencias de los EEUU, el término matrimonio significa solamente una unión legal entre un hombre y una mujer como marido y esposa, y el término cónyuge se refiere tan sólo a una persona del sexo contrario que es marido o esposa". Su progresismo social no les ha impedido ver que la tolerancia tiene como límite el bien común: y el matrimonio es un importante bien común actualmente necesitado de defensa.

Por otra parte, la ambigüedad introducida por las Leyes de Uniones de Hecho de algunas Comunidades Autónomas atenta contra la seguridad jurídica, tanto de los unidos (no se sabe si han formalizado algo que no querían formalizar) como del resto de la sociedad (no sabe si de los derechos concedidos a los unidos se derivará alguna obligación en favor de ésta). Si se pretendía regular una forma de convivencia distinta del matrimonio, se debería haber hecho con la suficiente diferenciación jurídica. Si se pretendía regular una nueva forma de matrimonio, se deberían haber contemplado tanto derechos como deberes; y tanto los recíprocos entre los contratantes, como los que nazcan con el resto de la sociedad.

La patente realidad es que con estas Leyes únicamente se ha pretendido otorgar derechos a una situación de hecho, con el único objetivo de allegar votos o satisfacer el llamado complejo progresista del que hacen gala algunos políticos. Y la consecuencia es que homologar las parejas de hecho es discriminar a la Familia : es injusto tratar igual a los distintos. Se ha reducido la Familia a un mero centro de consumo con el que el único compromiso social es elevar su calidad de vida. A la inversa, cualquier tipo de convivencia que consuma es considerado Familia . Es curioso que el Estado únicamente persiga la mejora de la calidad de vida de sus ciudadanos, cuando para muchas personas su principal y más dramático problema es la dificultad de realizar su proyecto de vida familiar: se ofrecen soluciones a los problemas económicos, mientras se ignoran -o se juega frívolamente- con los problemas sociales.

La consecuencia de esta frivolidad progresista es evidente: la fidelidad entre los menores de 30 años es del 50%; ha crecido el porcentaje de cohabitación; tenemos la más baja natalidad del mundo; el porcentaje de familias monoparentales (soltería, divorcios, viudedad) ronda el 5%; el porcentaje de niños extramatrimoniales se ha elevado al 11%; ha disminuido la nupcialidad y ésta se retrasa hasta los 27-30 años; se ha reducido drásticamente el número de familias con 5 o más miembros. La sociedad se asusta hipócritamente con estos datos, porque una sociedad con familias inestables también es inestable; pero no parece dispuesta a exigir a sus gobernantes que pongan coto a las causas.

Como decíamos al principio, el matrimonio nace con vocación vitalicia; pero desgraciadamente, en muchas ocasiones termina antes que la vida de uno de los cónyuges. Donde hay libertad humana habrá discrepancia de pareceres y planes; y en algunos casos esta discrepancia llevará a la ruptura. Pero ésta debería ser la excepción, ayudando la sociedad a llevar a término el mayor número de proyectos matrimoniales iniciados. Es obligación del Estado fortalecer en la medida de sus posibilidades -la libertad humana no puede violarse- la institución matrimonial, estableciendo una regulación de la separación matrimonial y el divorcio que persuada a los cónyuges de la ruptura, evitando la frivolidad conque se producen muchas de ellas (desde 1982 se han producido 1,4 millones de separaciones o divorcios). Se debe evitar que la mera existencia legal del divorcio se configure como una causa de la ruptura, al presentarse como camino fácil frente al esfuerzo necesario para superar cualquier crisis matrimonial. Por otra parte, la facilidad del divorcio introduce un elemento de desconfianza en la relación matrimonial, dificultando la entrega absoluta que es la base imprescindible de su permanencia y éxito. Se ha demostrado eficaz en este sentido establecer plazos de reflexión y reconciliación, durante los que se descubre que el remedio de la ruptura es peor que la enfermedad de la discrepancia; y a largo plazo se reconducen con éxito crisis matrimoniales que a corto -en plena confrontación- no veían salida. Por el contrario, puede constatarse que en los países europeos, cuando se ha flexibilizado la regulación del divorcio simplificado los trámites, el número de estos ha subido rápidamente. Por otra parte, se debe fortalecer la seguridad jurídica de los cónyuges, dificultando al máximo el acceso al divorcio en contra de la voluntad de una de las partes; e incluso regulando un contrato matrimonial que no fuese nunca disoluble judicialmente sin el previo consentimiento de ambas partes.

 

La Familia vertebra el sistema social.

 

La Familia es la célula que vertebra todo el tejido social y, por lo tanto, resulta imprescindible. Bien es cierto que, en una sociedad libre, no se puede exigir a nadie que adopte un modo de vida concreto: la sociedad, aunque conozca sus necesidades, ha de ser tolerante con cualquier opción que no atente al bien común. Pero una cosa es la tolerancia y otra, muy distinta, es la indiferencia: la sociedad sabe qué es lo que necesita y tiene el derecho y la obligación de fomentar las actitudes que cubran dichas necesidades. Algún político lo ha explicado clarísimamente: "No atenta a la libertad de empresa, la necesidad de establecer Zonas de Urgente Reindustrialización, allí donde haga falta". En resumen, máximo respeto hacia las opciones de vida privadas; pero potenciando aquellas que coadyuvan al bien común.

Ante el pluralismo de figuras de convivencia que se da en la actualidad, la sociedad se desconcierta y pone en duda el modelo familiar y el concepto de vida familiar. A veces, desde la vida política se promociona este pluralismo por una especie de complejo de progresía, que considera mejor todo lo que sea novedoso. Semánticamente, también provoca confusión que se denomine como Familia cualquier forma de convivencia que, en muchos casos, ni siquiera es hogar (se ha llegado a hablar de familias unipersonales). También desde los medios de comunicación se aprecia una creciente hostilidad hacia el concepto de Familia , porque vende más la novedad de algunos planteamientos que los modelos tradicionales. Paralelamente, han aparecido grupos de presión que tratan de obtener beneficios y privilegios que no les son propios, mientras que no han aparecido dichos grupos de presión en defensa de la Familia .

Pero este panorama no puede disuadir a las autoridades de la necesidad que la sociedad tiene de fomentar la Familia para asegurar su propia existencia: si la Familia no lograse su modo de supervivencia frente a otras formas de convivencia que la marginan, la propia sociedad desaparecería; la Familia no sólo genera la estabilidad social, sino que sin Familia simplemente no hay futuro.

Por tanto, debemos reconocer la función social que cumple la Familia : cuando una Familia se ocupa de sus niños, de sus enfermos o de sus mayores, no sólo genera bienestar a sus propios miembros, sino que es también fuente de estabilidad social. Sólo así la sociedad española pudo soportar el inmenso peso del elevado número de parados que había en la década de los ochenta; y el embate del sida y la droga; y sólo así superará el esfuerzo para compensar el elevado porcentaje de ancianos que en un futuro muy próximo tendremos con respecto a la población activa. Si estas personas no hubiesen sido acogidas y mantenidas por sus familias, no hubiese sido posible mantener la paz social. Lo mismo ocurre con los enfermos, los discapacitados o, simplemente, con la educación de los niños preescolares.

Pero esta función social de la Familia supone un peso importante para sus miembros, peso que no deben soportar sin ayuda del resto de la colectividad. La sociedad debe compartir este peso de alguna forma, además de reconocer su esfuerzo. No se pueden seguir privatizando los costes derivados de la asunción de 8responsabilidades familiares, mientras se socializan los beneficios derivados de dichas responsabilidades. Por ejemplo, los niños de hoy serán los cotizantes que mañana mantendrán el sistema publico de Seguridad Social, del que se beneficiarán por supuesto las personas que ahora no soportan la carga de mantener y educar a esos niños. Por esto, cuando se piden ayudas para la Familia no se está reclamando sino una acción de justicia social; y esta ayuda debe ser prioritaria a la ofrecida a otras formas de convivencia que no soportan un peso idéntico.

Se constata que, en nuestra incorporación a Europa, se han ido adoptando todas las medidas legislativas que perjudican a la Familia (aborto, divorcio, permisividad pornográfica, regulación de uniones de hecho, etc), mientras que no hemos adoptado ninguna de las que la benefician (ayudas, prestaciones por hijo, reducciones fiscales, etc). España es el país de Europa con menos ayuda a la Familia ; y por ello es el país del mundo con menor índice de natalidad y el que será mas viejo en el 2050. El Partido Familia y Vida cree que es el momento de modificar radicalmente esta situación; e implantar ya en España la política familiar que en Europa se viene haciendo desde hace décadas.

Hemos visto que, entre sus funciones, la Familia es el principal creador de capital social, que es un factor imprescindible, pues sin confianza y sin cooperación un sistema social no puede sobrevivir. Por esto, no sólo es de justicia ofrecer ayuda prioritaria a la Familia, sino que también se le debe reconocimiento y gratitud. Si queremos fortalecer la Familia , deberemos aumentar el prestigio social de la maternidad o la paternidad; y agradecer el esfuerzo de quien renuncia a una vida social o profesional más floreciente por formar una Familia mejor o más numerosa: éste es el servicio social más importante que se puede prestar actualmente en España; y debería ser compensado adecuadamente por la sociedad, además de la satisfacción personal que la formación de una Familia ya lleva implícita.

 

Catástrofe demográfica.

 

La situación demográfica en España es catastrófica; y últimamente ha saltado la alarma entre la opinión pública, alertada por el informe de la ONU que predice para España el dudoso mérito de encabezar a los países más viejos del mundo: lo lograremos en 2050. No se trata de alarmismos, por desgracia la situación demográfica en España es realmente catastrófica; y lo viene siendo desde hace dos décadas, lo que convierte el problema en una hecatombe. Según el mismo informe de la ONU, para evitar esta catástrofe, España necesita recibir en los próximos 50 años unos trece millones de inmigrantes que suplan nuestra falta de población.

Los datos son implacables: desde 1981 el índice de natalidad es inferior al de reposición generacional (2,1). En los últimos 20 años hemos perdido 3,8 millones niños y tenemos 2,5 millones de ancianos más. En 2001 seguimos teniendo el índice de fecundidad más bajo del mundo: 1,07 por mujer. En la mayoría de las Comunidades del norte de España no se llega a un hijo por mujer! En 1999 se llegó al crecimiento cero: la población aumentó sólo en 7.400 personas. Durante la década de los 90 la natalidad es incluso inferior a la de los años de la guerra civil. Desde 1997 en España hay más mayores de 65 años que menores de 15 años. Para 2010 se espera que habrá 152.000 jóvenes de 18 años menos que ahora: nuestras Universidades se quedarán medio vacías. Para colmo, desde 1985 hasta 2000 se han producido 617.608 abortos.. Por supuesto, todos estos datos hubiesen sido mucho más catastróficos si una creciente inmigración no los hubiese paliado en parte.

Por primera vez en la historia se ha llegado a un punto en el que las mujeres españolas tienen menos hijos de los que quisieran tener: la cuestión es que no se atreven a tenerlos. Este es el logro y consecuencia lógica de la política antinatalista y antifamiliar que se ha seguido desde la década de los 80; se enarbolaron estas banderas como signo de liberación de la mujer y entrada en Europa, aunque en Europa ya se estaban tomando drásticas -y muy caras- medidas para aumentar la natalidad. Han hecho falta veintidós años para que nos enteremos que aquellas políticas supuestamente avanzadas ya suponían en Europa un atraso social y cultural; e impiden a la mujer alcanzar su principal anhelo: tener un hijo.

Ante semejante carencia demográfica no se puede aplicar la solución de crear más riqueza; porque resultaría imposible para una escasa población activa que habrá de mantener a la creciente población inactiva (jóvenes) y a la población pasiva (ancianos). Tampoco se puede incrementar la inmigración súbitamente, pues ésta debería ser tan elevada que crearía problemas adicionales de adaptación y xenofobia, además de que no podríamos crear nuevos puestos de trabajo a este ritmo. La solución, después de dos décadas de inactividad, no es fácil ni rápida. España debe dedicar todo el esfuerzo que resulte necesario para aumentar su natalidad de forma paulatina, sin escatimar medios, puesto que éste es el principal problema que tienen planteado en la actualidad. No puede alegarse que los presupuestos del Estado no soportan las ayudas a la Familia que se ofrecen en otros países de Europa: si el problema es prioritario, la dotación presupuestaria también ha de serlo.

El fin del Estado debe ser crear la situación idónea para que las mujeres tengan hijos en libertad: no se trata de predicar el natalismo, sino de facilitar la vida ciudadana de las familias y el acceso de la mujer a la maternidad. Este es el método que viene funcionando en otros países de Europa que detectaron el problema y afrontaron su solución con decisión. Y es a la Familia a quien hay que ayudar, pues las estadísticas confirman que la natalidad se sigue produciendo prioritariamente en las uniones matrimoniales; y no en otras formas de convivencia que actualmente reclaman la misma protección. Incluso con respecto al problema de la tercera edad -que se irá agravando en el futuro por la falta de natalidad-, se está volviendo a la Familia tradicional para resolverlo: se están buscando hogares de acogida para los mayores, pues el Estado no puede ofrecer a tantos ancianos la atención que requieren.

Tampoco podemos confundir las políticas feministas -que en su caso también serán necesarias- con las de fomento de la natalidad: se han de arbitrar las medidas que posibiliten la maternidad tanto de las mujeres que trabajan fuera de casa como de las que deciden quedarse al cuidado de la Familia : el bajo índice de natalidad que existe en ambos casos demuestra que esta política es necesaria.

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