El hijo no deseado ¿debe o no debe nacer?

                                                    

El principio, el criterio, según el cual todo hijo no deseado puede ser abortado, puesto que para nacer debe ser deseado, es peor que el delito de odio, puesto que: 1º) aquel no requiere que se odie a alguien para poderle condenar a muerte (y el médico abortista para efectivamente matarle) solo basta con no desearle para condenarle a muerte y, en consecuencia, matarle; y porqué 2º) el delito de odio no implica el matar al odiado, puesto que en ese caso ya no es solo un delito de odio sino un delito de homicidio.

Si este principio lo aplicamos a otros ámbitos de la vida sería tipificado como delito de odio a “los no deseados” o si a consecuencia de ello se les provocara la muerte sería tipificado como delito de homicidio.

Y si tal “no deseo” o deseo negativo se elevara a derecho de aquellos que no desean a terceros, sería concederles el derecho a matar. Por ejemplo: alguien no desea a los inmigrantes o a determinados inmigrantes y por ello tendría derecho a condenarles a muerte y a enviarlos a matar; alguien no desea a los de un equipo deportivo rival y ello le concedería el derecho a condenarlos y matarlos; alguien no desea a los de un partido político opuesto y tendría derecho a condenarlos y matarlos. Ese principio, criterio, es una barbarie aberrante!

Es todo lo contrario del mandamiento cristiano del amor al prójimo, también a los enemigos (y también, por supuesto, a los que, aún no siendo enemigos, tampoco son deseados): el mandamiento del amor cristiano te impulsa y te obliga interiormente a no desear mal al enemigo, ni a hacerle ningún mal. El criterio del hijo o hija no deseado, por el contrario, te impulsa y te concede el derecho a condenar a muerte y a otorgarle a un “médico” el derecho a matar al no deseado. Es un principio, un criterio, de un individualismo egoísta radical: “yo -supuestamente- tengo derecho a deshacerme de aquel a quien no deseo” “el no deseo” se convierte en “derecho a condenar, … y a matar”.

Teniendo en cuenta que a nivel mundial los “no deseados” son mayoritariamente no hijos sino hijas (así ocurre mayoritariamente en la China o en India con el aborto selectivo), aquel principio se convierte en un principio de machismo criminal que en principio es radicalmente opuesto al feminismo. Pero con este -supuesto- feminismo, que defiende y promueve el derecho al aborto, lo que se produce de hecho es una alianza con aquel machismo criminal. Pues, al fin y al cabo, a quien de hecho se le apoya y se le quita el problema es a los machos que han engendrado hijos/as de los cuales no quieren hacerse cargo. Pues no creo equivocarme si afirmo que detrás de casi toda mujer que quiere abortar hay un hombre que no quiere hacerse cargo de la hija/o que ha engendrado y que amenaza a la mujer, la presiona, o la abandona.

Esa alianza entre el machismo criminal que mata mujeres, y el -supuesto- “feminismo” abortista, se da incluso en la identidad del mensaje de aquel que dice “la maté porque era mía”, mientras que el feminismo abortista dice: “la aborté porque era mía, porque era mi cuerpo”.

Ante todo ello ¿cómo puede seguir siendo calificado de feminista el aborto, y el abortismo? ¿Y cómo es posible que se le califique de “derecho sexual y reproductivo” al que es un “derecho a condenar a muerte y luego matar”

a la hija/hijo?

¿Y cómo se puede reclamar como “un derecho humano” al que consiste en un “derecho a matar humanos”, y precisamente a los más inocentes, débiles, e indefensos?

¿Y cómo puede ser elevado a constitucional (como lo pretende Macron para la Unión Europea, o se pretende para la Constitución en Chile) un “derecho” a matar a los más inocentes, débiles, e indefensos, que es la negación 1º) del respeto a los derechos humanos (y al primero y principal de los cuales el dº a la vida) y 2º) de la garantía a la más básica Justicia, ambos fundamentos y razón de ser del Derecho Constitucional de una democracia?

POR PAU SANFELIU ARBOIX

Deja un comentario