España prohíbe el registro directo de menores nacidos por vientres de alquiler en el extranjero

15 de maig de 2025. Por Santiago Bertrán para Forum Libertas

El Gobierno endurece su postura frente a los vientres de alquiler y refuerza la protección de los derechos de las mujeres y los menores

España ha dado un paso decisivo en su lucha contra los vientres de alquiler al prohibir el registro directo de bebés nacidos en el extranjero mediante esta práctica.

A partir de una nueva instrucción del Ministerio de Justicia, publicada el 30 de abril de 2025, los consulados españoles ya no podrán inscribir automáticamente en el Registro Civil a los menores nacidos por vientres de alquiler fuera del país.

La medida afecta directamente a las familias españolas que recurren a países donde esta práctica es legal para convertirse en padres.

Ahora, quienes opten por esta vía deberán iniciar un procedimiento de adopción o acreditar judicialmente el vínculo biológico con el menor.

Esta decisión busca cerrar las lagunas legales que permitían eludir la normativa nacional, que desde 2006 prohíbe los vientres de alquiler en territorio español.

Adaptación a la jurisprudencia del Tribunal Supremo

El nuevo marco normativo se basa en la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo, que en 2024 anuló un contrato de vientres de alquiler celebrado en Estados Unidos.

En esa sentencia, el alto tribunal argumentó que estos acuerdos vulneran la dignidad de la mujer y del menor, y que no pueden ser reconocidos en España por ser contrarios al orden público.

El Supremo fue tajante: los vientres de alquiler convierte a las mujeres y a los bebés en objetos de transacción comercial.

Según esta visión, el deseo de ser padre o madre no puede prevalecer sobre los derechos fundamentales de las personas involucradas en el proceso, especialmente cuando se trata de contratos firmados por los llamados «padres de intención» en países extranjeros.

Un cambio con impacto directo: cifras y contexto

Solo en 2023 se registraron 154 menores en España a través de resoluciones extranjeras relacionadas con vientres de alquiler.

Esta práctica, aunque legal en países como Estados Unidos, Ucrania o Georgia, ha generado un intenso debate ético y legal en Europa.

En respuesta, varios países han endurecido sus legislaciones. Italia, por ejemplo, considera los vientres de alquiler un delito universal, con penas que pueden incluir multas o incluso prisión, incluso si se realiza en el extranjero.

En este sentido, la nueva normativa española busca armonizar el ordenamiento jurídico nacional con una postura más firme y coherente respecto a los derechos humanos y la protección de la infancia.

Postura del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

La decisión del Gobierno español también está en línea con la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que permite a los Estados limitar o dificultar la gestación subrogada si su legislación así lo establece.

Es decir, el respeto a los derechos humanos no obliga a reconocer acuerdos firmados en terceros países si estos entran en conflicto con los principios legales y éticos del país de origen.

Asimismo, desde 2023, , España califica la gestación subrogada como una forma de violencia reproductiva.

Esta legislación refuerza el rechazo institucional hacia prácticas que suponen, en palabras de colectivos feministas, la «mercantilización del cuerpo femenino y la instrumentalización de los bebés».

Con esta decisión, España refuerza su compromiso con la protección de los derechos humanos, especialmente los de mujeres y niños, y cierra un resquicio legal que permitía la validación indirecta de los vientres de alquiler.

La prohibición del registro directo en consulados no solo marca un antes y un después en la política familiar del país, sino que envía un mensaje firme: en España, la vida humana no se compra ni se alquila.

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