La ley y la sociedad mantienen una relación dinámica: los cambios que pueda sufrir una, a la larga, tendrán repercusión en la otra, y las dos juntas estructuran las opciones que los individuos reconocen como convenientes, aceptables y que merecen ser elegidas.
Dados los claros beneficios del matrimonio, creemos que el Estado no debería permanecer políticamente neutral, ni en el procedimiento ni en el resultado, entre el matrimonio y las diferentes estructuras alternativas de la familia. Algunas personas han intentado redefinir el matrimonio civil como un contrato privado entre dos personas sin tener en cuenta su sexo; otros, como una unión que vincula a un número de individuos; y otros lo ven como un acuerdo contractual de duración indefinida en el que se ponen de acuerdo un número indeterminado de personas adultas. Pero con ello, un Estado minaría la norma social que fomenta el matrimonio tal como se ha entendido históricamente, es decir, la unión sexual para toda la vida, entre un hombre y una mujer que pueden tener y educar hijos. Los beneficios públicos, que sólo el matrimonio puede proporcionar, son reconocidos por personas razonables, sin tener en cuenta el punto de vista religioso o secular, y por tanto constituyen razones convincentes para reforzar la norma del matrimonio ya existente, tanto en la ley como en las políticas públicas.
Matrimonio y bien común: los diez principios de Princeton.
Por Social Trends Institute, Barcelona-Enero de 2007