Si durante el ejercicio 2016 ha efectuado una aportación al Partido Familia y Vida, le recordamos que puede beneficiarse, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2007 de 4 de julio sobre financiación de partidos políticos, Art. 2. Dos a) Cuotas de afiliación y aportaciones; hechas durante el 2016 y desgravarse dicha cantidad en su Declaración de Renta, IRPF 2016.
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