El padre de la genética moderna, Dr. Jérôme Lejeune (1926-1994) reconocido mundialmente por sus descubrimientos, dijo a los legisladores: “Aceptar el hecho de que después de que la fertilización un nuevo ser humano cobra vida, ya no es un motivo de pruebas u opiniones, es simple evidencia. No tengo duda alguna: abortar es matar a un ser humano, aunque el cadáver sea muy pequeño”.
En 2018 un estudio académico realizado en la Universidad de Chicago por el Dr. Steven Jacobs encontró que el 95% de biólogos, incluida gran mayoría de los científicos pro-elección o liberales, afirman que la vida comienza en la fecundación.
El derecho a la vida, tal como aprobaron los legisladores en el texto de la Constitución Española de 1978 y que dice en el Art. 15: “Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.” Actualmente el derecho a la vida esta salvaguardado en el texto constitucional, -por esto el ánimo de tergiversar la legislación- desde la concepción hasta la muerte natural y en particular durante el embarazo.
El embarazo es la etapa de la vida comprendida desde la concepción hasta el nacimiento. En dicha etapa el Código Civil reconoce la capacidad hereditaria, en particular en el Art. 627 “Las donaciones hechas a los concebidos y no nacidos podrán ser aceptadas por las personas que legítimamente los representarían si se hubiera verificado ya su nacimiento.” También los artículos 959, 960 y 961 aseguran el derecho a heredar del no nacido. También el Código de Deontología Médica en el art.51.1, está a favor del derecho a la vida de los bebés: “El ser humano es un fin en sí mismo en todas las fases del ciclo biológico, desde la concepción hasta la muerte. El médico está obligado, en cualquiera de sus actuaciones, a salvaguardar la dignidad y la integridad de las personas bajo sus cuidados.”
Cuando el aborto es a demanda como en la actualidad, hay que posicionarse en defensa de la parte débil e indefensa, como sujeto con derecho a la vida. Si decides defender el derecho a la vida es importante saber que es un derecho reconocido en España y que los servicios públicos lo garantizan en la Constitución Española de 1978 en su Artículo 15.