CUANDO EL ESTADO SE NIEGA A RECONOCER QUE LA IDEOLOGÍA DE GENERO VIOLA LA LAICIDAD ESTATAL

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En mi país, Uruguay, las autoridades educativas han anunciado que “certificarán a los centros educativos que formen en perspectiva de género a niños de 0 a 3 años de edad

Lo central de lo anunciado expresa que el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) de Uruguay lanzará un sello que certificará a los centros educativos que incorporen una perspectiva de género para la formación de niños de 0 a 3 años, bajo el lema “Cuidando con igualdad”.

Así lo explicó a Efe la directora de Inmujeres, Mariella Mazzotti, quien agregó que el objetivo es que los centros de “cuidado inicial” revisen sus prácticas y capaciten a los educadores en esta temática.

Se trata de una iniciativa de Inmujeres, junto con el Ministerio de Educación y Cultura, la Secretaría Nacional de Cuidado, Uruguay Crece Contigo, el Sistema Integral de Protección a la Infancia y Adolescencia contra la Violencia y el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU).

Mazzotti explicó que será necesario “revisar” la forma en la que a los niños se les enseñan los hábitos, así como el “tipo de canciones, juegos y cartelería” que se utilizan para educarlos.

Asimismo, aseguró que también será necesario analizar cómo a los niños, dependiendo de si son varones o niñas, se les asignan determinadas tareas en los centros educativos.

Ese tipo de actividades hace que los niños vayan aprendiendo y forjando una idea de ser mujer o ser varón“, agregó la directora de Inmujeres, al tiempo que pidió inculcar en los más pequeños una idea “más abierta” sobre el género y sus roles.

Es, sin dudas, un hecho muy grave que constituye una violación de la debida laicidad estatal, por la que tanto bregó José Pedro Varela, reformador de la Escuela Pública, y sobre lo cual ya hemos escrito y publicado antes.

En ese trabajo comenzábamos diciendo:

“Nadie podrá estar en contra de la justa instrucción a los educandos y a la sociedad en general, en cuanto a la igual dignidad entre varón y mujer y a la legítima igualdad de derechos, lo que es muy distinto a lo arriba expuesto.”

“Ahora bien, cuando a nivel de la Enseñanza Pública se han introducido temas político-partidarios o religiosos proselitistas, nadie ha dudado en Uruguay en calificar esos intentos como de violación de la debida laicidad estatal. Sin embargo, parece no tenerse el mismo criterio cuando de ideología de género se trata. ¿Cuál es la razón? Porque el Estado que no sostiene religión o credo filosófico alguno no debe usar sus aulas en la Enseñanza Pública para enseñar una ideología como la de género, porque también ello viola y groseramente la laicidad.

Citemos además otra parte del artículo referido, que hace justamente a la noticia que el Estado uruguayo acaba de anunciar:

Recordemos lo que establecen las normas constitucionales del Uruguay vigentes vinculadas con este tema:

“Artículo 40.- La familia es la base de nuestra sociedad. El Estado velará por su estabilidad moral y material, para la mejor formación de los hijos dentro de la sociedad.

Artículo 41.- El cuidado y educación de los hijos para que estos alcancen su plena capacidad corporal, intelectual y social, es un deber y un derecho de los padres. Quienes tengan a su cargo numerosa prole tienen derecho a auxilios compensatorios, siempre que los necesiten.

La ley dispondrá las medidas necesarias para que la infancia y juventud sean protegidas contra el abandono corporal, intelectual o moral de sus padres o tutores, así como contra la explotación y el abuso.

Artículo 68.- Queda garantizada la libertad de enseñanza.

La ley reglamentará la intervención del Estado al solo objeto de mantener la higiene, la moralidad, la seguridad y el orden públicos.

Todo padre o tutor tiene derecho a elegir, para la enseñanza de sus hijos o pupilos, los maestros e instituciones que desee.”

De manera que resulta claro que el Estado uruguayo debe respetar y promover la familia. Debe respetar que los padres determinen que tipo de enseñanza quieren para sus hijos, por ende, también en lo afectivo-sexual.

Debe respetar la laicidad consustancial al Estado, absteniéndose de imponer un credo, una filosofía o una ideología como oficial. De manera tal que, así como si en las aulas se impusiera una religión o un credo filosófico como oficiales se estaría violando la laicidad, también ello acontecerá si desde la Enseñanza se les pretendiera instruir a los niños, niñas y adolescentes que los sexos no existen, que las diferencias físicas y psíquicas entre varones y mujeres no existen, que todo es un tema cultural y que por ello lo verdadero es el género. Con las consecuencias conocidas que se derivan de ello como difundir las supuestas bondades de la homosexualidad, la bisexualidad, la transexualidad, y un largo etcétera.

El pretendido argumento que esto es un tema de derechos humanos, y que el Estado no puede desentenderse, se desmorona muy rápidamente cuando se advierte que debe afirmarse y defenderse la igualdad de derechos entre las personas, con independencia de su sexo, como lo establece la Constitución, promoviendo a la mujer en sus legítimos derechos; pero eso no supone la necesidad ni mucho menos de tener que adoptar la ideología de género para la defensa de esa igualdad, porque termina destruyendo a la propia mujer y sus derechos!!!”

La Constitución Nacional establece en su art. 8 la igualdad ante la ley, la no discriminación, sólo debiéndose distinguir a los habitantes por sus talentos y virtudes. Y ello es con independencia de su sexo.

Estamos convencidos que el plan anunciado en la noticia del comienzo no debe llevarse a cabo por los fundamentos constitucionales que venimos de invocar.

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