El 11 de julio de 2026, en la Comunidad de Madrid, entró en vigor la Ley de reconocimiento del concebido. La ley garantiza las ayudas públicas a los bebés en gestación al incluirlos como miembros más de la familia.
Las ayudas económicas se aplicarán al bebé en gestación, el nasciturus, una vez alcanzada la semana 14 de gestación; asimismo, si es el tercer hijo, dicha familia se considerará numerosa.
Por otro lado, computará como miembro de la familia para el cálculo de la renta familiar, o bien para pedir una beca o una plaza en un servicio público. Siempre es necesario un documento acreditativo del embarazo.
En caso de que el bebé en gestación no llegue a nacer, la Comunidad de Madrid no reclamará a la familia la devolución del beneficio otorgado. Los beneficios que tienen carácter económico solo entran en vigor desde la semana 14 de embarazo, que es el límite que establece la ley actual para abortar sin más requisito que la voluntad de la madre. La Comunidad de Madrid se adelanta a un posible fraude de ley que permitiría cobrar ayudas a parejas que quieran abortar antes de que se cumpla el plazo.
